UPyD PROPONE EL “ESCAÑO
CIUDADANO” Y OTRAS MEDIDAS PARA DAR ECO A LAS PROPUESTAS DE LOS UTRERANOS.
Con
motivo del próximo Pleno Municipal Ordinario del Ayuntamiento de Utrera, que
tendrá lugar el próximo día 12 de Febrero, desde nuestra formación de Unión
Progreso y Democracia de Utrera hemos decidido presentar, a través de nuestra
coordinadora y candidata a la alcaldía Isabel González Blanquero, una serie de
mociones con vistas a tratar de impulsar la participación ciudadana y de
mejorar las posibilidades de los utreranos a la hora de poder llevar a cabo sus
propuestas a las instituciones. En concreto, éstas mociones (que esperamos que
la actual Corporación utrerana apruebe) serán las siguientes: puesta en marcha
y desarrollo de un plan de participación ciudadana con la creación de un
“Escaño Ciudadano”, garantizar la accesibilidad en los procesos electorales y
facilitar la participación electoral de los utreranos emigrantes.
Nuestra
primera moción, que nosotros denominamos como “Escaño 26” (en referencia a los 25
escaños actuales del Ayuntamiento de Utrera), tiene por objeto promover y
potenciar la incidencia e implicación de la ciudadanía utrerana en las
políticas públicas, ya que la participación ciudadana en los asuntos públicos
es un derecho constitucional y un mandato imperativo a los poderes públicos,
aparte de ser uno de los pilares sobre los que se asienta la democracia
avanzada. El fundamento de éste derecho se encuentra en las bases mismas del
concepto democrático, ya que creemos que sin participación no puede haber
democracia puesto que la participación no se puede limitar exclusivamente a la
elección periódica de nuestros representantes en las instituciones, por lo que
hay que ampliar y profundizar dicho derecho para poder incorporar a la ciudadanía.
El motivo
de ésta moción es que pensamos que la participación ciudadana no es un fin en
sí misma, sino un medio para alcanzar un objetivo concreto como puede ser
garantizar un desarrollo sostenible, la salud pública o el simple bienestar
humano, ya que la ciudadanía, además de solicitar determinados servicios
públicos, tiene el derecho de poder exigir que los mismos se presten con
calidad, eficacia y eficiencia. Por ello, pensamos que los ciudadanos deben de
ser protagonistas en la toma de aquellas decisiones que les afecten, ya que los
municipios son los cauces más inmediatos de participación ciudadana en los
asuntos públicos al ser la administración más cercana a los problemas,
necesidades, inquietudes y modos de vida de los ciudadanos, razón por la cual los
municipios pueden y deben de establecer los mecanismos para que la gestión sea
participativa y democrática.
La
segunda moción tiene por objeto impulsar
las medidas oportunas de cara a garantizar de manera efectiva el cumplimiento
de la normativa en materia de accesibilidad en los procesos electorales,
haciendo accesibles a tal efecto el entorno, los medios y los servicios de los
locales electorales, permitiendo que los ciudadanos con movilidad reducida,
deficiencias visuales o cualquier otra discapacidad puedan ejercer su derecho
al voto y participar en los mismos. También pedimos la
elaboración de un listado con los locales que se pondrán a disposición de los
ciudadanos para ejercer su derecho al voto sin barreras arquitectónicas,
teniéndose en cuenta el factor de accesibilidad en la elección de los mismos e
incorporando en su caso las medidas oportunas para que este tipo de locales
sean accesibles a todos los electores con discapacidad o movilidad reducida.
Finalmente,
el objetivo de nuestra tercera y última moción es que el Ayuntamiento de Utrera
inste al Gobierno de la nación a que elimine los obstáculos existentes en la
participación de los ciudadanos que actualmente se encuentren en el extranjero
o en cualquier otro lugar que les impida participar, facilitando
a dichos ciudadanos información veraz a través de las páginas web del
Ministerio del Interior y del Ministerio de Asuntos Exteriores sobre cómo poder
hacerlo. Además, solicitamos que los residentes en el extranjero puedan ejercer
el derecho de sufragio pasivo, en sus correspondientes plazos y condiciones, y
que se modifique el artículo 75 de la LOREG con el fin de establecer un
procedimiento para el ejercicio del voto de los españoles residentes en el
extranjero que no sea discriminatorio y que sirva para promover el ejercicio de
este derecho fundamental por este colectivo.
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