martes, 10 de abril de 2012

UPyD apoya la instauración de la Dación en Pago para hipotecas.


UPyD – UTRERA  LLEVARÁ  AL  PRÓXIMO  PLENO  DEL   DÍA  12  UNA  MOCIÓN  A  FAVOR  DE  LA  DACIÓN  EN  PAGO .

Desde Unión Progreso y Democracia de Utrera vemos con creciente preocupación como la grave situación económica por la que atraviesa nuestro país ha multiplicado las situaciones de especial vulnerabilidad de muchos ciudadanos, de las cuales una de las más graves es la de quienes sufren la ejecución de la hipoteca sobre su vivienda; ya que actualmente, a diferencia de las empresas y sociedades, las personas no pueden liberarse de sus deudas con las entidades bancarias entregándoles los bienes de los que son titulares, como la vivienda hipotecada, sino que se ven obligadas a pagar el resto de su deuda hipotecaria con cualquier ingreso o bien futuro que adquieran tras perder su casa. Esta situación comporta una grave discriminación para los ciudadanos individuales, indefensos ante consecuencias de la crisis económica tales como la pérdida del empleo y el descenso del valor de mercado de su propiedad (pero no de su deuda hipotecaria), teniendo en cuenta que, para la gran mayoría de las familias, la vivienda es la mayor inversión de su vida y a la que dedican la mayor parte de sus ingresos y ahorros.

El incremento del desempleo como consecuencia de ésta crisis es la causa de que muchas familias no puedan hacer frente a las obligaciones de una hipoteca bancaria sobre un bien, su casa, que en muchos casos tiene en la actualidad un valor de mercado menor que el de la adquisición. Además, la legislación vigente en materia hipotecaria concede al acreedor una evidente posición de ventaja al tolerar la manipulación del precio de mercado de la vivienda con diferentes argucias, lo que ha conllevado un aumento de los desahucios por ejecución de hipoteca sin que la deuda de ésta quede amortizada; ello reduce las oportunidades de recuperación económica, profesional y laboral del deudor, con graves consecuencias en todos los órdenes personales, pero afecta también a la recuperación económica del país y a su cohesión social. Por ésta razón, en un Estado de Derecho, las acciones políticas que se emprendan para hacer frente al problema de los desahucios y a los derivados de la legislación hipotecaria y concursal en una situación de crisis causada por una burbuja inmobiliaria y financiera, deberían de ser siempre respetuosas con el principio de seguridad jurídica.

Los Ayuntamientos son instituciones particularmente sensibles a las consecuencias del aumento de los desahucios, de las que son víctimas sus vecinos, y de un sistema bancario, hipotecario y concursal que no ha tenido en cuenta las posibles consecuencias de una crisis como la actual, causada en buena medida por una burbuja inmobiliaria que encareció en su momento el precio de los créditos hipotecarios y que, al estallar, disminuye drásticamente el valor de mercado de los bienes hipotecados, generandose así un círculo vicioso de alto endeudamiento familiar y de pérdida del valor de sus propiedades. Sin embargo, al no contar con las competencias legislativas ni ejecutivas adecuadas para resolver el origen de este problema ni con los recursos necesarios para corregir sus consecuencias, corresponde al Parlamento nacional el exigir modificaciones legales tales como el cambio de la legislación concursal para evitar que, perdida la casa, penda sobre el deudor la deuda no cubierta hasta que ésta sea pagada con las rentas de su trabajo futuro y, para prevenir situaciones futuras similares, una legislación de dación en pago que permita cancelar la deuda hipotecaria con la entrega de la vivienda hipotecada.

Ante ésta situación, las principales medidas que creemos que pueden servir para ayudar a los actuales deudores hipotecarios son las que detallamos a continuación:
1.- Modificación de la legislación concursal para establecer el sistema conocido como "fresh star", de modo que una vez ejecutado todo el patrimonio embargable del deudor, la deuda restante quede cancelada por decisión judicial sin necesitar el consentimiento del acreedor.
2.- Establecimiento de cauces de mediación previos a la solicitud de concurso o la situación preconcursal, para que el deudor propietario de la vivienda y la entidad financiera puedan llegar a un acuerdo que le permita a aquél mantener la posesión de la casa y evite la ejecución de la vivienda. Estos cauces de mediación podrán ser de competencia municipal.
3.- Modificación de la legislación hipotecaría para evitar que el acreedor se apropie de la finca hipotecada por un precio inferior al de mercado, elevando el porcentaje sobre la tasación de la escritura que permite al acreedor quedarse con la vivienda si no hubiera postores en la subasta.
4.- Facilitar las operaciones de DACION EN PAGO de la finca hipotecada a la entidad acreedora en los créditos hipotecarios ya celebrados que no la prevén exonerando al deudor de su obligación de tributar por “incremento patrimonial” en el IRPF. Es artificioso e injusto gravar unas ganancias supuestas, en realidad inexistentes, pues el deudor  se ve obligado a entregar su vivienda al acreedor por imposibilidad de hacer frente a los pagos de la hipoteca, en muchos casos agravados por la aplicación de elevados intereses de demora.
5.- Modificación de la legislación hipotecaria para establecer la DACION EN PAGO como regla general de extinción de un crédito hipotecario para la adquisición de la vivienda habitual. A falta de estipulación expresa en contrario en la escritura de constitución, la responsabilidad derivada del préstamo hipotecario se entenderá limitada al valor de la finca hipotecada.

Por ello, hemos presentado para el próximo pleno municipal de Utrera, del día 12 de Abril, una moción en la cual pedimos al Ayuntamiento que inste al Gobierno de la Nación a lo siguiente:
1.- Que proponga en el Congreso de los Diputados la modificación de la Ley Hipotecaria, de modo que la responsabilidad derivada del préstamo hipotecario esté limitada al valor de la finca o fincas hipotecadas. Esto es, la regulación de la DACION EN PAGO como regla general de extinción del crédito hipotecario.
2.- Que proponga la modificación de la legislación concursal para instaurar con carácter de urgencia el sistema "fresh star", para que una vez ejecutado todo el patrimonio embargable del deudor hipotecario, la deuda restante quede cancelada por decisión judicial sin necesidad del consentimiento del acreedor.
3.- Que proponga el resto de modificaciones legales necesarias para garantizar la mediación entre el deudor hipotecario y el acreedor que evite el concurso y la perdida de la vivienda, así como aquellas que faciliten la dación en pago aún en créditos hipotecarios que no lo hayan previsto.
4.- Instar al ayuntamiento a mediar en los casos de desahucio en curso en la localidad, apoyando a los vecinos desahuciados que lo soliciten y buscando en cualquier caso la garantía de su derecho constitucional a la vivienda sin menoscabo de la seguridad jurídica.


Grupo Político Municipal de UPyD de Utrera.